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POLITICA DE VIH/SIDA EN EL LUGAR DE TRABAJO

Julio 2007[1]

Introducción

Coherente con la creencia en el valor y dignidad de cada persona, con el objetivo de contribuir a un ambiente de trabajo adecuado y sensible a los potenciales problemas e implicaciones que el VIH/SIDA SIDA puede generar en el lugar de trabajo, la Corporación Kimirina presenta a continuación su "Política de VIH/SIDA en el lugar de trabajo".

Este documento representa la posición de Kimirina sobre el derecho del personal a contar con información sobre VIH/SIDA, cuidados de salud, tratamiento y a la no discriminación en el lugar de trabajo e intenta plantear con claridad las responsabilidades de Kimirina en estos mismos puntos.

Principios de esta política

  • Kimirina reconoce el VIH/SIDA como un tema laboral que será tratado como una enfermedad/condición seria.
  • Kimirina no discrimina a personas con VIH/SIDA.
  • No es una condición para acceder a un empleo en Kimirina presentar o realizarse pruebas para descartar el VIH/SIDA.
  • Kimirina reconoce la dimensión de género de VIH y SIDA y busca responder positivamente a la necesidad de empoderamiento de las mujeres y apoya relaciones de género equitativas.
  • Kimirina desea asegurar un ambiente de trabajo saludable, y ofrecerá apoyo e información a cualquier empleado/a que lo necesite, sin embargo no aceptará ninguna responsabilidad por la orientación dada por otros agentes.
  • Kimirina respeta el derecho a la confidencialidad.
  • Kimirina se compromete con proporcionar información y educación periódica acerca del VIH/SIDA en el lugar de trabajo.
  • Kimirina recomendará a las personas viviendo con VIH/SIDA que lleguen a ser empleados de la institución, seguir una supervisión médica y la recomienda para una buena calidad de vida, sin embargo es responsabilidad de cada individuo asumir su responsabilidad por su propio bienestar.

Manejo del VIH/SIDA en el lugar de trabajo

Las siguientes son las acciones que Kimirina desarrollará como recomendación de su "Política de VIH /SIDA en el Lugar de Trabajo":

1. Distribuir la "Política sobre VIH/SIDA en el Lugar de Trabajo" a todos/as los/las empleados/as regulares y a los nuevos empleados/as al ser contratados y asegurarse de que estas han sido entendidas.

2. Incluir copia de esta política en el Manual Organización y Funciones.

3. Desarrollar al menos una capacitación anual sobre VIH/SIDA con presencia de todo el personal abierta a parientes directas y parejas sobre diferentes tópicos y realizar actualizaciones referentes al tema.

4. Garantizar presupuesto y espacios en la planificación anual para las actividades de capacitación arriba mencionadas.

5. Mantener información sobre VIH/SIDA accesible a todo el personal en el sitio de trabajo.

6. Desarrollar, revisar anualmente y distribuir a todo el personal una lista de proveedores de servicios de salud expertos en VIH/SIDA.

7. Equipar a las oficinas de Kimirina de botiquines de primeros auxilios que contengan instrucciones y suministros para la prevención de la transmisión del VIH en el caso de ocurrir un accidente ocupacional (tales como agujas esterilizadas, jeringuillas y guantes de latex, desinfectantes, etc.).

8. Contratar/mejorar los actuales planes de salud (sistemas de seguro, convenios con clínicas, o suplementos a las coberturas existentes) para el personal de Kimirina a manera de garantizar que cubran el VIH/SIDA y el tratamiento u hospitalización por infecciones oportunistas que pueden conllevar esta última.

9. Establecer y/o reforzar mecanismos de protección de la confidencialidad de todo el personal.

Acerca de la confidencialidad

La confidencialidad se entiende como el derecho de que una determinada información no sea expuesta ante terceros, comprometiendo la privacidad, reputación, seguridad y acceso a oportunidades del empleado. En el caso del VIH/SIDA, Kimirina apoya el derecho de confidencialidad puesto que en nuestra sociedad aun el estigma y discriminación contra las personas afectadas por el VIH/SIDA pueden conllevar consecuencias difíciles para dichas personas.

Los empleados con VIH/SIDA no están obligados a informar a Kimirina sobre su estatus a menos que lo consideren necesario. En este caso, el primer punto de contacto debe ser la persona inmediatamente superior. Sin embargo, las personas VIH positivas que hayan elegido no informar de su condición a Kimirina, deberán buscar ellos mismos apoyo. Kimirina solo podrá proveer apoyo siempre y cuando conozca el estatus de la persona.

La información sobre la condición médica de los empleados, sólo se pedirá cuando sea necesaria y sólo con el consentimiento previo del individuo y Kimirina respetará la confidencialidad de esa información.

Todos los miembros del personal deberán firmar el "Compromiso de Confidencialidad" anexo a este documento.

La revelación del estatus de VIH positivo por miembros del personal de un/a compañero/a de trabajo se considerará una ofensa seria y los responsables podrían estar sujetos a acción disciplinaria.

Medidas que adopta Kimirina para proteger la confidencialidad de su personal en cuanto a VIH/SIDA.

1) Sólo el personal apropiado debe acceder a los archivos de personal.

2) Los registros médicos deben mantenerse en archivos independientes y con llave.

3) Informar a todo el personal del manejo de la confidencialidad.

4) Las razones de ausencia del personal se manejarán con carácter de confidencialidad.

5) Si un empleado/a se llegase a separar de Kimirina por causa de esta infección, las razones de su salida serán de carácter confidencial.

Acerca de la prueba de detección de anticuerpos de VIH

Kimirina no exigirá el examen de detección de anticuerpos del VIH para contratar o mantener a sus empleados/as en sus puestos de trabajo. Los empleados no están obligados a informar a la institución sobre su estatus.

Si por condiciones particulares de un desempeño específico asociado a seguridad de la condición de salud del empleado y/o sus colegas, Kimirina considera indispensable conocer si el empleado es VIH+, este requerimiento deberá constar desde el principio en el anuncio de contratación de la posición.

Aquellos empleados de Kimirina que decidan someterse a pruebas de VIH, Kimirina les dará el tiempo libre necesario y les proporcionará orientación antes y después de la prueba.

Cobertura de la "Política sobre VIH/SIDA en el Lugar de Trabajo"

a. La "Política sobre VIH/SIDA en el Lugar de Trabajo" implica a todo el personal, independientemente de su nivel, cargo o condición.

b. Todo/a empleado/a que culmine su período de prueba será elegible para la aplicación de esta "Política sobre VIH/SIDA en el Lugar de Trabajo".

Beneficio para empleados/as

  • Kimirina identificará una fuente de orientación y/o un consejero/a como referente a quien los empleados podrán buscar consejo confidencial.
  • Igual que con cualquier otra enfermedad, la dirección de Kimirina revisará la carga de trabajo y las responsabilidades de la persona viviendo con VIH/SIDA haciendo ajustes cuando sea necesario. Esto incluye flexibilidad en las horas de trabajo, tiempo libre para citas médicas, transferencia a labores más ligeras si fuese necesario y apoyo emocional.
  • En caso de infección ocurrida después de ser empleado/a de Kimirina, la revisión de los términos y condiciones deben ser acordados entre el/la empleado/a y Kimirina en la persona de la dirección ejecutiva.
  • Cualquier negociación en relación con la carga de trabajo de un empleado/a y sus responsabilidades laborales debe respetar el compromiso laboral con Kimirina.
  • Una infección de VIH no es una razón para terminar un empleo. Los empleados con enfermedades relacionadas al SIDA continuarán empleados siempre y cuando sean capaces de cumplir con sus obligaciones o con las obligaciones acordadas.
  • En el caso de que Kimirina desee finalizar el contrato debido a una enfermedad prolongada y una incapacidad para realizar el trabajo, se aplicará la política existente sobre enfermedades de larga duración.
  • Cuando un miembro del personal se convierta en el cuidador principal de un enfermo/a, se revisarán sus horas de trabajo y se hará un ajuste razonable cuando sea necesario.

Seguridad

Según los regímenes de trabajo, Kimirina facilitará y apoyará a los/las empleados/as para acceder a la protección del Ministerio de Salud Publica, del IESS o seguro particular que tuviesen de acuerdo al régimen de trabajo o contratación.

Por lo antes expuesto, Kimirina no será responsable directa de ninguna reclamación proveniente de heridas en el cuerpo, enfermedad, muerte, pérdida, gastos u otras responsabilidades atribuibles o relacionadas con el VIH/SIDA.

El personal estará protegido por la ley existente sobre empleo e incapacidad la cual reconoce procedimientos que incluyen la medicación y consejería a través del Ministerio de Salud.

Empleados que viajan y seguros de viaje

Generalmente las personas que viven con VIH/SIDA están excluidas de los Seguros corrientes para Viajes al Extranjero.

Para aquellos miembros del personal infectados con VIH/SIDA que viajen con propósitos de trabajo y decidan revelar su estatus, Kimirina buscará alternativas para el incremento de la prima. Esto normalmente supone que los miembros del personal deberán proporcionar los últimos resultados de sus análisis a la compañía aseguradora.

Para viajar a algunos países, pueden ser requeridas pruebas de vacunación, por ejemplo, para la fiebre amarilla. Pero las vacunas vivas, como la de la fiebre amarilla, no deben ser administradas a personas que son VIH positivas.

En los casos en los que los empleados decidan comunicar a Kimirina su condición, Kimirina ofrece la posibilidad de buscar consejo médico para los miembros del personal sobre la conveniencia de la vacunación, teniendo en cuenta su estatus y trataría de conseguir con su consentimiento, una excepción de la vacunación en su nombre. En caso de no conocer su status serológico, los empleados deberán buscar por si mismos consejo médico sobre la conveniencia de dicha vacunación.

Tratamiento

  • El soporte financiero para recibir tratamiento no es parte de los beneficios disponibles para miembros del personal o sus dependientes ya que actualmente el TARGA puede ser obtenido a través del Ministerio de Salud, del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, seguro privado o particular, según sea el tipo de contratación de cada empleado.

Emergencia médica y Profilaxis Post Exposición (PPE)

La Profilaxis Post- Exposición (Tratamiento que normalmente dura 4-6 semanas) es proporcionada por el Estado como parte de una provisión de emergencia médica. Esto requiere que los miembros del personal estén completamente informados del riesgo y sean conscientes de las implicaciones del uso de PPE. Sin embargo, Kimirina se reserva el derecho de no apoyar el uso de PPE si se demuestra que esta provisión está siendo usada incorrectamente (como por ejemplo luego de una relación sexual de riesgo).

La educación sobre el uso y riesgos de LA PPE debe ser parte de una política continua de educación sobre VIH/SIDA. Los empleados deben ser conscientes de los efectos secundarios y resistencias.

Los usuarios de la PPE deben entender que hay un riesgo al tomar el tratamiento. La PPE puede tener efectos secundarios serios, su eficacia no está garantizada y puede conducir a resistencias en el caso de que el usuario tenga que tomar antirretrovirales en el futuro o del tratamiento con antirretrovirales que esté tomando la persona fuente.

Aunque la administración de la PPE es una urgencia, es importante asegurarse de que el empleado/a comprende y tiene suficiente orientación antes de que la PPE sea administrada. La PPE debe ser administrada tan rápido como sea posible tras el incidente, mejor en las 1-2 horas siguientes pero puede ser administrada incluso hasta 72 horas más tarde. Es importante que no se abuse del acceso a la PPE y que se entiendan sus ventajas y limitaciones.

Kimirina deberá identificar un servicio médico local que pueda proporcionar tratamiento PPE inmediato en caso de que un/a empleado/a necesite utilizarlo.

De la educación y capacitación del personal de Kimirina

§ Todos los empleados, deberán recibir formación apropiada, guía y sensibilización sobre VIH/SIDA.

§ Se debe garantizar disponibilidad de material impreso al que el personal pueda acceder de manera fácil y permanente.

§ Las capacitaciones deberán responder a las necesidades y vacíos de conocimiento del personal y debe llevarse a cabo durante horas laborables, con la asistencia de todo el personal, entendiendo la formación en VIH/SIDA como una obligación.

§ Se debe colocar a disposición del personal, un listado actualizado, sobre información de contactos para servicios de VIH/SIDA, incluyendo: toma de muestras, tratamiento, consejería, clínicas, hospitales, servicios médicos especializados para infecciones oportunistas, asesoría legal y organizaciones de apoyo para personas viviendo con VIH/SIDA.

§ Como parte del periodo de prueba se preguntará a los nuevos/as empleados/as sobre el VIH/SIDA para evaluar sus conocimientos y luego poder proporcionar la información que requiera en capacitaciones.

§ Se debe orientar con respecto a esta política a toda persona nueva en la institución (empleados/as nuevos/as).

§ La información debe ser tan accesible como sea posible y estará enfocada a la prevención, apoyo y tratamiento del VIH/SIDA.

§ Se revisará los temas prácticos y actualizaciones de la presente política en todas las sesiones de capacitación del personal.

§ Kimirina proporcionara un paquete de información a cada empleado/a que deberá contener:

· Una copia de la política en el lugar de trabajo de Kimirina.

· Información básica, relevante y apropiada sobre VIH/ SIDA.

· ¿Qué es VIH y qué es el SIDA?

· ¿Cómo se transmite el VIH?

· ¿Cómo se puede evitar la transmisión?

· ¿Qué significa ser VIH positivo?

· ¿Cuál es la relación entre ser VIH positivo y desarrollar SIDA?

· ¿Qué estilo de vida debe ser seguido/promovido para ralentizar el desarrollo del SIDA si una persona es VIH positiva?

· ¿Cuáles son los síntomas del SIDA?

· Bases sobre el tratamiento: para infecciones oportunistas y para el virus en si mismo.

· Información sobre la Profilaxis Post Exposición.

· Lista sobre servicios locales, incluyendo la disponibilidad de orientación voluntaria y pruebas, infecciones de transmisión sexual, fuentes de soporte local, incluyendo direcciones claves.

Acerca de injusticias o agravios

Las personas con VIH/SIDA deben ser tratadas de la misma manera que cualquier otra con otra enfermedad crónica. Kimirina no discriminará a ningún miembro/a del personal VIH positivo.

La discriminación por miembros del personal de un/a compañero/a de trabajo se considerará una ofensa seria y los responsables podrían estar sujetos a acción disciplinaria.

En el caso de que se rompa la confidencialidad de la condición VIH y SIDA de un empleado, que un empleado sea discriminado, o que un empleado perciba cualquiera de estas dos situaciones, debe remitirse a los procedimientos normales para presentación de quejas por injusticia/agravios en el Manual de Organización y Funciones.

Aplicación de la "Política de VIH/SIDA en el Lugar de Trabajo"

La gestión general de la implementación, seguimiento y actualización de esta política será responsabilidad del/la director/a ejecutivo/a en colaboración con el directorio de Kimirina.

La dirección ejecutiva también se asegurará que los sistemas administrativos y financieros apropiados sean desarrollados para su aplicación.

Las leyes y regulaciones para empleo y VIH/SIDA a nivel oficial podrían ser sujeto de cambio de tal forma que podrían afectar la "Política de VIH/SIDA en el Lugar de Trabajo" de Kimirina y su implementación. En tal sentido la dirección ejecutiva deberá conocer las normativas nacionales al respecto para actualizar el presente documento en caso necesario y darla a conocer al personal.

Anexo 1

Compromiso de Confidencialidad

Por medio de la presente hago constar haber leído y entendido "La Política sobre VIH/SIDA en el Lugar de Trabajo" de la Corporación Kimirina.

Reconozco que a través de mi trabajo en Kimirina podría conocer información de naturaleza personal o confidencial. Sólo revelaré esa información con el consentimiento específico de la persona interesada. Esta información podría incluir:

  • El estatus de VIH positivo de algún(os) empleado(s) de Kimirina, su pareja o dependientes, asociados o beneficiarios.
  • Que algún(os) de sus empleado(s) haya decidido recibir orientación o hacerse las pruebas del VIH.
  • Que un individuo está recibiendo o ha recibido tratamiento debido a su estatus de VIH positivo.

Entiendo que la ruptura de este acuerdo puede derivar en una acción disciplinaria.

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FIRMA FECHA

Anexo 2

Glosario

SIDA Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida

ARV Antirretroviral

Células CD4 o células T: son glóbulos blancos que organizan el sistema de inmuno respuesta a algunos microorganismos, incluyendo bacterias, infecciones de hongos y virus.

VIH Virus de la Inmunodeficiencia Humana

PPE Profilaxis Post Exposición

Carga Viral Término utilizado para describir la cantidad de VIH en sangre

Lista de personas claves para casos de accidentes



[1] Revisión de la Política de VIH/SIDA en diciembre/2009

 



 
   
 
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